En principio, puede parecer extraño el binomio Legalismo / Juan Luis Martínez. Es más, a primera vista, literatura y derecho no parecen emparentados. Pero ello no es así. El caso de Antígona de Sófocles que trata sobre la desobediencia a la ley o El proceso de Kafka que ilustra la burocracia del derecho, pueden servirnos de ejemplo para argumentar su estrecho vínculo. Tanto es así que dan lugar a un campo disciplinar propio: los estudios de Derecho y Literatura (Caballero y Jiménez, 2022). Como ha dicho Claudio Magris en su Literatura y Derecho, “la literatura parece invadida por una negación del derecho y de la ley” (Magris, 2008: 23). El arte se liga al derecho mediante su ruin confirmación (en los peores regímenes del mundo) o mediante su resistencia (en las democracias actuales y en los peores regímenes del mundo). Por cierto, las formas en que se produce la resistencia y crítica son variadas y dan lugar a las más diversas opiniones sobre lo que son las relaciones entre arte y política. En este punto es que me interesa auscultar La poesía chilena, en particular el uso de los certificados de defunción que Martínez incorpora en su célebre caja. Si la negación de la ley es una de las maneras en que los artistas se vinculan con el derecho, entonces cabe preguntarse por las razones que llevaron al poeta porteño a la utilización de documentos oficiales en su obra. Conjeturo que se trata de una operación antiautoritaria, de crítica política a la violencia dictatorial, mediante el uso de su arma más poderosa: la legalidad.

Contra el legalismo: los estudios sobre Derecho y Literatura en Chile

Si en Estados Unidos los estudios de Law and Literature se inician en 1973 con la publicación de The legal imagination de James Boyd White, en Chile podríamos conjeturar que comienzan un poco antes, en 1964, con la aparición de Couture y la literatura de Antonio Pedrals, donde éste referencia los diversos vínculos que existen entre Derecho y Literatura, acentuando el rol lúdico y de crítica que juega la segunda en relación al primero (Pedrals, 1964: 50-53). Esa función hoy es complementada mediante lo que se denomina “despliegue de las apariencias” que, en clave fenomenológica, da lugar a la literatura para iluminar lo que el derecho no quiere / no puede ver (Arancibia, 2022: 56). Esa función del arte es esencial en nuestra cultura jurídica toda vez que el derecho es hoy entendido de manera totalmente positivista, reduciendo el fenómeno jurídico a la ley, no permitiendo observar otros seres u otros fenómenos fuera de la norma. A esta manera estrecha de entender el derecho se le denomina legalismo (Squella). Una cita del escritor y abogado mexicano, Carlos Fuentes, da en el clavo: “La tradición legalista romana es uno de los componentes más sólidos de la cultura latinoamericana: de Cortés a Zapata, sólo creemos en lo que está escrito y codificado” (González, 2000: 23). Ese legalismo latinoamericano se puede observar en Chile a propósito de los consecutivos procesos constitucionales que han tenido por objeto redactar un texto que pueda reemplazar a la Constitución originada en dictadura[1].

El empeño colectivo por crear una realidad normativa nueva que a través de la palabra jurídica impacte en la realidad nacional, fue puesto a prueba por Martínez mediante los certificados de defunción contenidos en su obra La poesía chilena.

La Poesía Chilena de Juan Luis Martínez
La Poesía Chilena de Juan Luis Martínez

Certificación de la violencia legal

Al acercarse a esta obra por primera vez, la reacción de todo lector es de sorpresa. Si ya el libro de 1977 había sacudido las letras nacionales, ahora una caja negra dejaría desconcertado a todo el campo literario. Este objeto similar a las assemblages de Cornell o a la obra Brillo de Warhol, se compone de una caja y de diferentes objetos contenidos en ella: certificados de defunción, fichas de lectura, banderas, una bolsita de tierra. En este caso forma y fondo se complementan. Veamos, primero, lo relativo a los versos sobre la violencia y luego detallaremos su relación con los certificados de defunción y las fichas de lectura.

En relación a los versos que abren la obra, Ajens ha reflexionado acerca de si tratan sobre el límite entre ficción y realidad o entre vida y muerte (Ajens, 2001: 9). Para efectos de este trabajo pienso que se pueden leer como la vieja cuestión entre paz y guerra, donde el primero sería la línea, el límite y el segundo la violencia. Leemos: “Existe la prohibición de cruzar una línea que sólo es imaginaria / (La última posibilidad de franquear ese límite se concretaría mediante la violencia)” (Martínez, 1978). Si lo miramos en clave cultural, podemos decir que el ser humano tiene pulsiones que es necesario restringir para poder vivir en comunidad. Cuando dicha cuestión no ocurre, cuando los límites se sobrepasan, entonces la violencia aparece. Sólo en la medida en que la colectividad se imponga al individuo que irrumpe con su fuerza bruta, es posible la paz (Freud, 1992: 94). De esta manera es que el derecho se legitima y logra proveer de estabilidad. La pregunta que desliza Martínez es: ¿qué pasa cuando la fuerza bruta se transforma en derecho? Para responder esa pregunta el contexto de aparición de la obra en análisis es particularmente relevante pues se trata del quinto año de la dictadura restando dos para el acontecimiento textual que, a cuatro décadas, todavía no podemos superar: la Constitución de 1980. La respuesta del poeta es: lo que ocurre es la muerte. Si se traspasan los límites básicos, esas restricciones invisibles, “imaginarias”, entonces lo que acontece es la violencia seguida de la muerte. Acá puede resultar de utilidad la caracterización que hace Hannah Arendt de la violencia. En La condición humana señala: “Sólo la pura violencia es muda, razón por la que nunca puede ser grande” (Arendt, 2009: 40). La violencia estatal chilena buscó el silencio total y actuó de manera clandestina, mediante la apertura de centros de detención y campos de tortura y muerte. En ese sentido su mudez fue inobjetable. Pero pese a no ocupar preferentemente la palabra al momento de destruir los cuerpos, sí lo hizo luego al querer legalizar su acción política. Cuando quiso realizar tal cuestión, esto es, poner en marcha el Estado, echó mano a las palabras de aquella máquina, ese dispositivo que desde los romanos sirve al efecto: el derecho. Para nuestro caso: los bandos militares, las normas, los artículos, los textos jurídicos, en definitiva, la legalidad. Como se ha señalado, el golpe y la consiguiente dictadura no sólo fueron un hecho político, sino que también estético (Errázuriz y Leiva, 2012) Al bautizo de calles, a la erección de estatuas, a la escenificación de nuevos ritos, se sumó una estética legal. La violencia muda dio paso a una violencia verbal / escritural que se jugaba en todas las instituciones tanto políticas como culturales. Martínez debió haber tomado nota de dicho proceso y actuó en consecuencia.

¿A quién matamos ahora? Objetos y sujetos jurídicos

La Poesía Chilena de Juan Luis Martínez
La Poesía Chilena de Juan Luis Martínez

Zenaida Suárez propone una ruta a seguir que parece interesante para este apartado. Al referirse a las obras de Martínez ella elabora el concepto de objetualismo “que se basa en la utilización de objetos en una obra poética como respuesta a los procesos de interdisciplinariedad, interculturalidad y mutación disciplinaria que se rastrean en la literatura para llenar los vacíos significantes que ya es incapaz de suplir el lenguaje verbal” (Suárez, 2013: 88). En su trabajo que abarca La nueva novela y La poesía chilena analiza el caligrama chino, la página en blanco, el papel secante, la transparencia, los anzuelos, las fichas de lectura, los certificados de defunción, la bolsita de “Tierra del Valle Central de Chile” y las banderas de Chile de papel volantín. Su marco conceptual nos servirá para analizar de manera interdisciplinaria (Derecho y Literatura) los certificados de defunción en diálogo con las fichas de lectura.

Al abrir la caja negra nos encontramos con los certificados de defunción de los principales poetas del siglo XX chileno: Pablo Neruda, Gabriela Mistral, Pablo de Rokha y Vicente Huidobro. Cada documento, viene acompañado de una ficha de lectura del poeta en cuestión y el título de un poema de su autoría referido a la muerte, entre otros datos. La última hoja del libro contenido en esta obra tiene el certificado de muerte del padre del poeta, Luis Guillermo Martínez Villablanca. Ya a primera vista impacta la legalidad del documento. Con esto me refiero a la forma jurídica actuando: hoja legal, nombre en mayúscula de la institución, datos concretos de la persona fallecida, firmas, varios timbres y tres estampillas donde figura el escudo chileno. “Certificado de defunción” se lee al inicio del documento y queda claro al lector que el derecho ha aparecido en la literatura chilena. El gesto no es nuevo, podemos pensar en Recurso de amparo (1975) de Jorge Torres Ulloa y, contemporáneamente, The Boston Evening Transcript (1993) de Ruben Jacob, Fuentes del derecho (2010) de Martin Gubbins, Ne bis in idem (2010) de Valeria Tentoni y Lengua de señas (2015) de Enrique Winter, que, de una u otra manera, utilizan lenguaje legal en sus versos. O, más cercano al caso en análisis, la acción artística de Francisco Papas Fritas Ad augusta per angusta (2014), consistente en quemar y exhibir las cenizas de las letras de cambio y pagarés de los estudiantes deudores de la Universidad del Mar. Lo interesante de la acción martiniana, a mi juicio, es que el uso de documentación jurídica cumple un rol antiautoritario en La poesía chilena. Marcelo Rioseco, a propósito de La nueva novela, ha identificado tres formas de autoritarismo contra las que se rebela Martínez: “Primero, un autoritarismo impuesto por el logos occidental; después, un autoritarismo literario que regula, acepta o censura las pautas de producción de los textos…y, finalmente, un autoritarismo político (y militar si se quiere) que es el gran telón de fondo con el cual se escribe y se lee La nueva novela en el momento de su primera aparición en 1977…” (Rioseco, 2013: 182-183). La obra en análisis puede ser comprendida bajo la categoría de antiautoritarismo político por haber sido producida en el mismo contexto y por las razones que daré más adelante.

Decíamos antes que la dictadura militar buscó establecer una institucionalidad jurídica mediante la palabra. Introdujo un nuevo discurso en la cultura chilena, uno donde las ideas de orden y libertad debían ser aprendidas por la ciudadanía. En ese contexto el arte no podía ejecutar su rol tradicional de criticar al poder. La autocensura operó de manera salvaje y se incorporó al interior de los artistas chilenos. Las palabras brotaban con múltiples sellos y timbres, visados frente a la autoridad correspondiente. Como dice Merino: “El campo de la lectura estaba, por decirlo así, minado, o bien sembrado de alarmas, como la patria misma” (Merino, 1998: 4). Martínez, que a la fecha ya ha desarrollado un marco teórico propio, una pequeña cosmogonía práctica, vuelve las cosas al revés y, en vez de vencerse a la censura interior, la utiliza a su favor. Para ello recurre a los géneros literarios propios del Estado: los documentos jurídicos, en particular, los documentos públicos. Estos se caracterizan porque están unidos a la fe pública pues se encuentran autorizados por el competente funcionario y cumplen las solemnidades legales del caso (Meneses, 2018: 183). Se trata de una verdadera literatura oficial que corre paralela a la literatura que consumimos habitualmente. En ese sentido, el certificado de defunción, un tipo de documento oficial, es la constatación estatal de la muerte de una persona. Se constituye en la forma en que es posible aparecer fallecido en Chile. En palabras de Jaime Quezada: “El certificado lo testimonio todo” (Quezada, 1993: E23) en una palabra: sólo se está vivo hasta que se pruebe lo contrario. Lo que realiza Martínez, entonces, es contraponer a esa literatura oficial, mayor, no una literatura extraoficial o menor, sino una literatura de igual rango, una literatura jurídica, pública. Allí donde el poder ejecuta personas y oscurece la cultura, el poeta como un funcionario gris, timbra y sella, “Ab imo pectore”, la muerte de la poesía. Autentica, con las solemnidades legales del caso (el certificado de defunción), la caída en desgracia de la literatura. Esta es la interpretación que sostiene Morales (2006), Careaga (2017) y en alguna medida Quezada (1993).

Ahora bien, esta lectura, sin embargo, vela las trampas a que nos somete, una y otra vez, Martínez. El tópico de la “última broma” es posible de aplicar en esta parte pues creo que, como un funcionario infiel al cargo, Martínez desancla a los poetas, a la categoría de autor, de sus personas físicas, naturales. Al introducir al derecho en la literatura, lo que está haciendo es desnudar a los poetas de su presencia material en la tierra, para librarlos del peso del presente. Así puede ser interpretado el gesto de mostrar a los poetas con sus nombres legales, jurídicos, como sujetos de derecho en los certificados de defunción y, al mismo tiempo, introducir sus pseudónimos en las fichas de lectura. Ángela Segovia, ha reparado en la misma cuestión: “Este objeto se leyó como un entierro de la poesía chilena. Yo me preguntaba por qué en La poesía chilena Martínez parecía estar llamando la atención sobre el hecho de que todos esos poetas se habían cambiado el nombre: Ni Gabriela Mistral, ni Pablo Neruda, ni Pablo de Rokha eran los nombres ‘reales’ de los poetas” (Segovia, 2019). Esta manera de leer la obra martiniana se acopla de buena manera con el gesto cuestionador del poeta a la figura del autor. Al permitir que los sujetos jurídicos mueran, la obra de ellos todavía puede ser hallada en las bibliotecas donde, incluso, ironía de ironías, se encuentran sus poemas sobre la muerte. Siguiendo con esta idea podemos pensar en un futuro que no es clausurado por el Estado, sino que, utilizando sus propios medios documentales, libere la poesía del ataúd en el que pretende encerrarla (Weintraub, 2013: 271). De esta manera, el consabido legalismo latinoamericano, apegado a la letra de la ley dictatorial, habría permitido, paradojalmente, la liberación de la poesía.

Relectura legal

En un influyente libro sobre los estudios Law and Literature la filósofa Martha Nussbaum señala que los jueces pueden hacer justicia poética, lo que significa incorporar a los razonamientos jurídicos la imaginación literaria (Nussbaum, 1997). En este artículo me conformaría con algo menos ostentoso, pero igualmente iluminador: una feliz relectura. No una privada, en soledad, sino pública, en comunidad. Lo dice mejor Roberto Merino acerca de la obra de Martínez: “Hoy vemos –en este mismo instante lo constatamos– cómo esta soledad ha retrocedido un poco, cómo se diluye cada vez que la obra se prodiga al entendimiento de la poesía, cada vez que en cualquier parte del mundo se produce una relectura feliz.” (Merino, 1998).


[1] A propósito de este proceso, el campo interdisciplinar del Derecho y Literatura en Chile se ha desarrollado de buena manera gracias a los aportes de la filosofía, por ejemplo, el proyecto de Fondo de Investigación Asociativa “Nomos y normas. Perspectivas sobre la articulación entre lo jurídico y lo político en el contexto del plebiscito 2020 en Chile” de la Universidad Diego Portales, a cargo de Aïcha Liviana Messina, del cual se desprende el Nº 10 de 2023 de la Revista Pensamiento Político del Instituto de Filosofía de la misma Universidad, titulado “La ley de la literatura”. A ello podemos agregar la cátedra de Derecho y Literatura de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso y el ramo, con el mismo nombre, en la Universidad de Chile, entre otros esfuerzos interdisciplinares.

Bibliografía:

Ajens, A. (2001). La interrupción – del relato en la poesía chilena. Martínez. Merodeos en torno a la obra poética de Juan Luis Martínez. Fariña, S. y Hernández, E. Intemperie, Santiago.
Arancibia, C. (2022) Derecho y Literatura en Latinoamérica. La aparición imbunche. Sur y Tiempo. Revista de Historia de América, Vol. 3, Nº. 5, Pp. 50-64.
Arendt, H. (2009). La condición humana. Paidos, Barcelona.
Caballero, R. y Jiménez, M. (2022). Derecho y Literatura. Persiana Americana. Tirant lo Blanch, Ciudad de México.
Careaga, R. (2017).  Juan Luis Martínez después del silencio. Revista Santiago. Recuperado el 30 de noviembre de 2023. https://revistasantiago.cl/literatura/juan-luis-martinez-despues-del-silencio/
Errázuriz, L. y Leiva, G. (2012) El golpe estético. Dictadura militar en Chile. 1973-1989. Ocho libros, Santiago.
Freud, S. (1992). El malestar en la cultura. Obras completas XXI. Amorrortu editores, Buenos Aires.
González, R. (2000). Mito y archivo. Una teoría de la narrativa latinoamericana. Fondo de Cultura Económica, México D.F.
Magris, C. (2008). Literatura y derecho. Ante la ley. Sexto Piso, Madrid.
Martínez, J. L. (1978). La poesía chilena. Ediciones Archivo, Santiago.
Meneses, C. (2018). Significado de la fe pública en la prueba por medio de documentos públicos. Revista de Derecho Universidad Católica del Norte. Sección: Estudios Año 25 – No 1, Pp. 181-230.
Merino, R. (1998). La pequeña casa del autor. Academia imaginaria Nº3. Octubre. Letras.MySite. Recuperado el 30 de noviembre de 2023. http://www.letras.mysite.com/jlmartinez1.htm
Merino, R. (1998). La constelación de los gemelos. El Mercurio (Santiago). Agosto 8, p. 4.
Morales, A. (2006). Para una lectura interpretativa de La poesía chilena de Juan Luis Martínez. Revista chilena de literatura. Noviembre, Nº 69, Pp. 107-112.
Nussbaum, M. (1997). Justicia poética. Andrés Bello, Santiago.
Pedrals, A. (1964). Couture y la literatura. Prensas de la Escuela de Derecho de Valparaíso.
Quezada, J. (1993). El legado del poeta. El Mercurio (Santiago). Mayo 16, p. E23.
Rioseco, M. (2013.) Maquinarias deconstructivas: poesía y juego en Juan Luis Martínez, Diego Maquieira y Rodrigo Lira. Editorial Cuarto Propio, Santiago.
Segovia, A. (2019). Poesía chilena posgolpe (3). Juan Luis Martínez (I). Por una literatura sin autores. “Un libro donde yo no haya escrito nada pero que el libro sea mío” Centro Virtual Cervantes. Recuperado el 30 de noviembre de 2023.  https://cvc.cervantes.es/el_rinconete/anteriores/enero_19/18012019_01.htm
Squella, A. (1988). Documento base del seminario sobre la cultura jurídica chilena. La cultura jurídica chilena. Corporación de Promoción Universitaria, Santiago.
Suárez, Z. (2013). Objetualismo en Juan Luis Martínez: el significante palpable. Estudios filológicos. 51. Pp. 83-98.
Weintraub, S. (2013). Mourning for the Future: Poetic Inheritance in Juan Luis Martínez’s “La poesía chilena”. Revista Canadiense de Estudios Hispánicos, 37(2). Pp. 255-278.

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Abogado, poeta visual, profesor de Derecho Civil, Lectura Crítica y Derecho y Literatura en la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso. Magister en Derecho por la Universidad de Chile y Master en Literatura Comparada: estudios literarios y culturales por la Universitat Autónoma de Barcelona. Doctorando en Filosofía por esta última universidad. Es fundador del Seminario de Arte y Derecho, entidad que se dedica a estrechar los lazos interdisciplinarios entre ambas ramas. Es miembro del “Grupo de Innovación Docente en Arte, Lingua e Dereito” da Universidad Santiago de Compostela y del “Grupo de Investigación Intertextos entre el Derecho y la Literatura” de la Universidad San Francisco de Quito. Posee varios artículos académicos en Derecho Civil, Enseñanza del Derecho y Derecho y Literatura y ha sido editor de diversos libros. Es autor del poemario “100 variaciones sobre el clásico chiste de los pollos”.